La constitución política de 1925 era completamente antidemocrática -como vimos en la Parte I- pero también muy dictatorial-presidencialista. En contraste con el sistema constitucional práctico vigente entre 1891 y 1925, no basado en la constitución de 1833, sino “reinterpretado” por los vencedores de la Guerra Civil, se caracterizó por un parlamentarismo radical.
Entre las muchas normas que otorgaban poderes extraordinarios al presidente, el hecho de que se convirtiera en legislador asociado indudablemente impedía que el Congreso promulgara leyes o reformas constitucionales por iniciativa propia. Esto solo puede ser superado por un veto si las dos cámaras insisten en más de dos tercios de su propuesta de ley o reforma constitucional. Además, en este último caso, se le dio al Presidente la oportunidad de buscar un referéndum.
Todo ello llevó a dos personalidades -una nacional y otra internacional- que no estaban en el traje político del momento a criticar duramente el carácter antidemocrático de su discurso. Me refiero al eminente jurista alemán Hans Kelson, quien en 1926 expresó duras críticas. Eduardo Free, entonces Senador de los Caídos Nacionales, hizo algo similar en un libro escrito en 1949.
“La nueva constitución chilena es producto del movimiento antiparlamentario generalizado en Europa hoy (…). El proceso legislativo está regulado para asegurar una influencia decisiva sobre el Presidente. De hecho, el papel del Presidente no es simplemente para legislar sino dar a la Constitución el derecho de aprobar los proyectos de ley del Parlamento (art. 52). Por el contrario, el parlamento puede imponer su propósito legislativo solo si mantiene su resolución con una mayoría de dos tercios en ambas cámaras. Puede apelar al pueblo contra una mayoría que lo merezca y convocar a referéndum (art. 109). En la práctica, no se puede aprobar una ley en contra de la voluntad del Presidente.
Sin embargo, una desviación decisiva de la política parlamentaria se puede ver en el hecho de que la Constitución no comienza con una política característica de las monarquías constitucionales. En forma de leyes, es decir, las decisiones de los representantes del pueblo” (Renado Christie y Pablo Ruiz-Tagley, República de Chile. Theoria y Practica del Constitucionalismo República; Lom, 2006; pp.121-2).
A su vez, a través de la constitución de 1925 pasamos del parlamentarismo a un poder ejecutivo “probablemente más fuerte que cualquier otro, con la suma de tales poderes, leyes posteriores agregaron otros”, “que se convirtió en un régimen presidencial”, escribió Free. La concentración asimétrica de poderes e influencias”, es decir, el peligro del sistema radica en su curso natural hacia la dictadura legítima del Presidente y lo incita fácilmente a abusar de sus poderes. Dador de beneficios y honores, puede ejercer una inmensa influencia en la vida del país, del mismo modo, puede romper toda oposición o buscar pacificar de manera indirecta pero eficaz” (Historia de los partidos políticos chilenos; ed. Del Pacifico, págs. 201-3).
Otro factor antidemocrático fundamental -que, aunque no está en el texto, ha sido el sistema de votación que distorsiona la voluntad del pueblo expresada en las elecciones, especialmente en las elecciones parlamentarias- desde el principio. Hago notar que a raíz del sistema electoral anterior, las boletas preparadas por cada partido político se utilizaron para identificar a los representantes en cada colegio electoral durante el conteo de votos. Previamente habían cumplido su promesa vendiendo su testamento a favor del candidato de su partido.
La organización se ha vuelto cada vez más común en la compra y venta de votos de grupos populares urbanos que carecen de conciencia política. Por otro lado, el sistema fue utilizado por los hacendados para entregar sus votos ya preparados a los arrendatarios de sus fincas y llevarlos en grupos a ejercer su derecho al voto por el candidato del patrón. En este caso, no se trataba de una aventura empresarial, sino de una expresión de la esclavitud habitual entre terratenientes y campesinos, que solía ser “devuelta” con algún tipo de festín brindado por el patrón.
Pero sorprendentemente, considerando la retórica moral utilizada por los oficiales militares en sus intervenciones políticas en 1924 y 1925, Alexandria se sintió obligada a poner fin a esta práctica. Sin embargo, sucedió un evento que lo cambió todo. En las elecciones presidenciales de octubre de ese año, todos los partidos políticos tradicionales (desde los conservadores hasta los demócratas) acordaron apoyar al candidato fundador, el demócrata liberal Emiliano Fikurova Lorraine. En su contra se apoyó el doctor José Santos Salas, un pequeño grupo pionero del Partido Comunista y del Partido Socialista.
Sorprendentemente, el candidato que representa al partido más pequeño “más a la izquierda” recibió el 28,3% de los votos (74.091), el 71,1% (186.187) contra Fikiurova; Eso es casi un tercio de los votos. “Por si fuera poco, las terceras ciudades más grandes, especialmente las que le dio Santiago, derrotaron a Salas Fikiurova en el Santiago urbano por menos de 1.000 votos -un total de 35.000 votantes- y el médico ganó en importantes barrios populares, por ejemplo, Quinta Normal (Comuna 5), Modero (10), Sur de Mapocho (4), etc.” (Gonzalo Vial, Historia de Chile, Tomo IV: La dictadura de Ibáñez (1925-1931); Edit. Fundación, 1996; p. 71).
Esto provocó “pánico” a los “partidos disciplinarios” (Conservadores, Liberales, Liberal Demócratas y Radicales), que ejercieron una fuerte presión sobre el gobierno interino (Louis Barros Borcono, dimitido por Alessandri tras su dimisión como Ministro de Guerra, Carlos.) Volvió a el sistema de votación del partido, que decretaron el 6 de noviembre-ley número. Reintroducido por 710. Además, el mandato incluye acuerdos electorales más complejos que están diseñados para beneficiar a los partidos más poderosos de manera antidemocrática, multiplicando los votos de los candidatos de la lista de manera diferente y, si cada uno de ellos resulta electo, no reciben más votos que la “repartición”. sistema” (desde que se estableció el sistema proporcional); O si no llegan a ese número con los votos “sobrantes” del mismo partido en la lista, quién lo logró.
Este brillante sistema de contratos fue, en efecto, tan complejo que llevó al politólogo Federico Gill (autor del libro El sistema político de Chile; ed. Andrés Bello, 1969) a señalar que -quizás en forma inédita- “el El proceso anterior al sistema electoral (contratos) de 1961 -ese sistema terminó cuando llegó- era tan complicado que trasciende todo intento explicativo” (p. 236). Después de todo, es un ejemplo perfecto de la notable creatividad de la derecha chilena para idear fórmulas que distorsionan la voluntad del pueblo.
La creatividad que hemos visto con el sistema electoral bipartidista y ahora con la mayoría de dos tercios está bloqueando una constitución democrática eficiente.
Pero también ilustra el gran servicio real que el centroizquierda tuvo a la derecha, con la excepción de los años 60 y 70. Así, ni los partidos ni los grupos de izquierda reaccionaron lo más mínimo a esta invasión, pero no fue hasta la década de 1950 que introdujeron el voto único obtenido en sus planes recién en 1958. En los últimos 30 años, el centro-izquierda ha legitimado, consolidado y “perfeccionado” el modelo neoliberal impuesto por la dictadura. Ahora, cuando acepten tranquilamente la mayoría de dos tercios en la convención, podrán legislar cuando quieran extender la vigencia de la antigua constitución en el Congreso (¡la derecha y la antigua federación tienen dos tercios!). nueva constitución
“Web friki. Wannabe pensador. Lector. Evangelista de viajes independiente. Aficionado a la cultura pop. Erudito musical certificado”.